Ley de protección y mejoramiento del medio ambiente. Decreto nº 68-86 Congreso de la República de Guatemala.
Esta ley tiene por objeto velar por el mantenimiento del equilibrio ecológico y la calidad del medio ambiente para mejorar la calidad de vida de la población en Guatemala. Establece el deber del Estado de garantizar un ambiente sano y es una base para ordenanzas municipales.
Puntos clave de la ley
Obligación de evaluación ambiental: el artículo 8 establece que cualquier proyecto, obra o industria que pueda dañar los recursos naturales o el entorno requiere un estudio de evaluación de impacto ambiental previo a su ejecución.
Prohibición de desechos tóxicos: prohíbe ingresar al país basuras municipales, excrementos, lodos cloacales o desechos industriales tóxicos y materiales radiactivos que pongan en riesgo la salud y el ecosistema.
Control de contaminación: regula la protección de la atmósfera, el manejo del suelo, el subsuelo y las aguas nacionales para prevenir daños ecológicos.
Sanciones y multas: establece multas y penas legales para los responsables de realizar actividades sin los instrumentos o licencias ambientales correspondientes.
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